2ª. APORTACIÓN PARA EL BUFETE MARIANO AGUAYO.

Pulsa aquí para acceder a toda la información relativa a la 2ª aportación para el Bufete de Mariano Aguayo.

martes, 3 de abril de 2012

Leyes con apodo: el caso de la Ley del Enchufismo andaluz

(Artículo publicado en el blog ¿Hay Derecho?)

Los nombres de las leyes suelen ser bastante largos y difíciles de recordar para muchas personas, aunque seguramente no sea el caso de los lectores de este Blog: Ley número barra año, fecha, nombre descriptivo… de ahí que en numerosas ocasiones, sobre todo si la ley en cuestión adquiere presencia mediática, se le pongan apodos o sobrenombres más o menos cariñosos.

En este post vamos a analizar uno de los casos en que la ley es más conocida por su apodo que por su nombre real, detallando los motivos por los que se ha llegado a esa situación. Me refiero a la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, que se conoce por la ley del “enchufismo” (como ven en este caso el apodo no es muy cariñoso que digamos).

En las últimas décadas ha proliferado en España lo que se conoce como la administración periférica o paralela: organismos, empresas, fundaciones, consorcios y entes públicos con regímenes jurídicos diversos y actividades múltiples. Los motivos principales del crecimiento desorbitado de este tipo de entes, aun en plena crisis económica, son en esencia dos: 1) realizar una supuesta gestión más eficaz y rápida de competencias de las Administraciones (huyendo del derecho administrativo y dando la bienvenida al descontrol) y 2) sortear la normativa sobre déficit y deuda computable en términos europeos, para poder seguir endeudándose sin que lo pareciera.

Desde los Gobiernos central y autonómico (los siguientes tendrán que ser los entes locales) se han iniciado procesos de reordenación y racionalización de sus correspondientes administraciones periféricas. Estos procesos están dando sus primeros pasos y los efectos por el momento son muy reducidos. Por ejemplo, las CCAA se comprometieron en 2010 a reducir 514 entes y en julio de 2011 solo se habían suprimido 69 (en este post analizamos el nivel de cumplimiento, digo perdón incumplimiento, de las diferentes CCAA en sus respectivos planes de racionalización del sector público).

Uno de los gobiernos autonómicos que en 2010 acordó un plan de racionalización de su administración periférica es el andaluz. Después de un Acuerdo de Gobierno y dos Reales Decretos, a principios de 2011 vio la luz la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.

En virtud de esta Ley se crean 8 Agencias y se eliminan en principio una gran cantidad de entes, que en su mayor parte se fusionan o integran en alguna de las nuevas Agencias. En concreto, según el plan de la Junta, se alcanzaba una cifra neta de 111 entes suprimidos, número apreciable porque suponía la desaparición de un 29,4% del total de entes que tenía la Junta por aquella fecha. Por si alguien se lo está preguntado, la “conocida” empresa pública Invercaria no figura entre los entes afectados por el plan de racionalización (para recordar los motivos por lo que saltó a la fama esta empresa pública, recomendable la lectura de este post de Elisa de la Nuez).

En efecto, lo primero que llama la atención de los entes que se van a suprimir, es que 96 (de 111) son los Consorcios locales “Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico” (UTEDLT) . Como primer apunte destacar que, a día de hoy, estos consorcios siguen sin suprimirse y están en el “limbo” de los entes “en proceso de extinción” según la información que aparece en el inventario de entes de la Junta de Andalucía.

La titularidad de los Consorcios es compartida entre la Junta de Andalucía y diferentes municipios (de ahí el carácter local de estos entes). Lo sorprendente sin embargo es que desde 2009 el personal de estos Consorcios (600 trabajadores aproximadamente) pertenece a una Fundación Pública de la Junta de Andalucía (“Andalucía Emprende. Fundación Pública Andaluza”, AEFPA). Además, para pagar las nóminas de este personal, la Junta ha otorgado diferentes subvenciones a la citada Fundación Pública… Claro ejemplo donde la transparencia desde luego brilla por su ausencia (si alguien está interesado en profundizar sobre la situación de estos peculiares consorcios, puede consultar este informe disponible en Internet elaborado por Luis Escribano).

Pero más allá de la peculiaridad de estos Consorcios, ¿de dónde le viene el apodo a la Ley?. En los decretos de constitución de las nuevas Agencias que se crean al albur de la Ley, se contempla la integración del personal laboral que trabaja en los entes que de alguna forma u otra van a acabar siendo absorbidos por las citadas Agencias (entre ellos los “famosos” 96 Consorcios y otros cuantos entes más de diferente índole).

Esta integración “directa” del personal laboral estaba prevista en 7 de los 8 Decretos de constitución de las nuevas Agencias. Pues bien, esos 7 Decretos acabaron en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) debido a los recursos presentados por diferentes asociaciones de funcionarios (‘Al Andalus’, ‘Defiendo mi derecho y la gestión pública’ y otras asociaciones).

El TSJA ha acabado dando la razón a las asociaciones de funcionarios y ha paralizado o bien directamente los Decretos de las Agencias o bien específicamente los protocolos de integración del personal laboral. Los argumentos judiciales que dieron la razón a las asociaciones denunciantes eran que el régimen de integración de estas entidades no respetaba “los principios básicos de acceso a la función pública de igualdad, mérito, capacidad y publicidad”.

El problema radica en que la mayor parte de los entes que se suprimen e integran en las nuevas Agencias (como los Consorcios que hemos analizado anteriormente), no respetaron escrupulosamente los principios de concurrencia, mérito, capacidad, etc que rigen la contratación del personal de las nuevas Agencias. Aquí está el origen del apodo de la ley, el enchufismo, ya que según las asociaciones denunciantes la ley supone que “entren por la puerta de atrás muchísimos empleados en la Administración sin cumplir los principios constitucionales de méritos, capacidad, igualdad y publicidad”.

¿Lecciones aprendidas? Veamos si el Gobierno autonómico que se forme después de las elecciones celebradas el 25-M trabaja para cambiar el apodo a la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, aunque sinceramente, no vemos ningún elemento que apunte hacia esta dirección…

No hay comentarios:

Publicar un comentario